Durante una sesión extraordinaria del Consejo General, gracias a que un juzgado de distrito en materia administrativa otorgó una suspensión definitiva en el Juicio de Amparo promovido por Edmundo Jacobo Molina reasumió la Secretaría Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral.
El amparo le permite que continúe en el cargo que ostenta como titular de la Secretaría Ejecutiva del organismo y para que las autoridades responsables se abstengan de cesarlo o destituirlo de sus funciones, hasta que se resuelva sobre el fondo del asunto.
“Se hace un acto de justicia que restituye en sus funciones a un funcionario probo, honesto y comprometido a quien el sistema electoral y la democracia le deben mucho” declaró Lorenzo Córdova.
Explicó también que por mandato constitucional, el artículo 41 establece que quien designa a su Secretario Ejecutivo con ocho votos de sus consejeras y consejeros a propuesta del Consejero Presidente y ningún poder del Estado puede removerlo, incluyendo el Legislativo, a menos que sea a través de un juicio político.
Mientras tanto, Edmundo Jacobo Molina declaró que la sentencia de suspensión definitiva es un primer paso hacia la restauración de la regularidad constitucional en México y que los litigios relacionados con el artículo décimo séptimo transitorio no son simples controversias jurídicas, sino que tienen que ver en realidad con la concepción del Estado mexicano de derecho, en el que se respeten las competencias conferidas por la Constitución a los órganos primarios del Estado.
“Quebrantar abiertamente las disposiciones constitucionales o lo que es peor, simular su vigencia sin que nuestras acciones se ajusten a ellas, solamente erosiona progresivamente la función social del derecho y nos acerca peligrosamente a la ley del más fuerte, con las altas dosis de arbitrariedad que ello significa” reiteró.
Por último, Jacobo Molina sostuvo que México es un país de instituciones y quienes las integran solamente están de paso, por ello llamó a valorar la importancia y oportunidad de la decisión del Consejo General por la que se instruye defender con todos los instrumentos legales los derechos humanos de quienes integran al INE.