Todas las personas que ocupen o destruyan vías generales de comunicación o casetas serán castigadas hasta con siete años de prisión o con una multa de hasta 48 mil 110 pesos, así lo dio a conocer el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Esta modificación ocurrió desde diciembre de 2020, cuando la Cámara de Diputados aprobó la reforma de la Ley de Vías Generales de Comunicación en su artículo 533 y un año después el Senado también la aprobó.
“A quienes dañen, perjudiquen o destruyan las vías generales de comunicación, o los medios de transporte, o interrumpan la construcción de dichas vías, o para obtener un lucro interrumpan el tránsito de los medios de transporte y la operación de los servicios de peaje, o total o parcialmente interrumpan o deterioren los demás servicios que operen en las vías generales de comunicación o los medios de transporte, se impondrá sanción de tres meses a siete años de prisión y multa de 100 a 500 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización”, así quedó la modificación a la ley.
La sanción va desde 3 meses a 7 años de prisión, con una multa económica de 100 a 500 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, lo que significa que va desde los 9 mil 622 pesos a los 48 mil 110 pesos.
Según datos de Caminos y Puentes Federales (Capufe), entre 2018 y octubre de 2021 hubo 14 mil 321 tomas en casetas del país, lo que equivale a una pérdida de 6 mil 772 millones de pesos.
La nueva reforma entró en vigor a partir de este día, pues se publicó publicación en el Diario Oficial de la Federación el día de ayer.